Manual de Derecho Inmobiliario: Fundamentos, procedimientos y tutela de la propiedad registrada en la República Dominicana
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El propósito esencial de este trabajo es ofrecer una visión integral del derecho inmobiliario que permita comprender su funcionamiento y naturalmente sus fundamentos. La tarea inicia en el derecho civil acompañada de una dosis significativa de derecho administrativo, ya que el derecho inmobiliario precisamente se sitúa en la confluencia del derecho público y el derecho privado. Asimismo, se incluyen elementos de historia dominicana, indispensables para el estudio cabal de la materia, y los lectores que quieran ahondar en la evolución del derecho inmobiliario, especialmente el dominicano, encontrarán aquí algunos capítulos de su interés.
La primera parte se dedica a la dinámica general de los derechos reales, con una aproximación conceptual en la exploración de los derechos reales principales y accesorios, los que justamente constituyen el objeto más frecuente de la publicidad registral. En este apartado se desarrollan también los fundamentos civiles y constitucionales que sustentan el derecho inmobiliario, incluyendo la protección de los derechos reales en diversas circunstancias. La segunda parte del manual se adentra en el registro como forma de publicidad de los derechos subjetivos, articulado hoy por la Ley núm. 108-05 y sus reglamentos complementarios. Se examinan los principios rectores del sistema Torrens, la evolución institucional y normativa de la Jurisdicción Inmobiliaria, los procedimientos administrativos y los procesos judiciales, junto con las garantías del derecho registrado.
“El quehacer de muchos años en la agonía de los tribunales y el comercio con la doctrina jurídica nos ha tornado extremadamente cautos a la hora de enjuiciar un trabajo. Y —sea dicho de paso— muy avaro a la hora de enjuiciar y colocar adjetivos complacientes, porque rigor obliga.
Antes de asumir la presidencia del Tribunal Superior de Tierras nos habíamos impuesto la tarea de estudiar la evolución histórica de la legislación inmobiliaria sustentada en el Sistema Torrens. ¿Qué resulta de ese examen? En las primeras disposiciones sobre el Sistema Torrens, impuestas durante la primera ocupación norteamericana en nuestro país (1916-1924), contenidas en la Orden Ejecutiva número 511-20 de 1ro. de julio de 1920, y en su artículo 3 relativo a la composición del Tribunal de Tierras y a los requisitos para ser juez, leemos (…) estar familiarizados con los principios del Derecho Civil. Los términos del principio VIII de la Ley núm. 108-05 son bastante comprensibles para la común inteligencia; pero en el imaginario de ciertos operadores, la Ley 108-05 goza de autonomía propia; no se necesita acudir a otras ramas; es pues, una pieza singularísima. Es en esa coyuntura que el trabajo del magistrado Rodríguez Portalatín viene a reivindicar en su justa dimensión lo que desde las primeras décadas viene predicando, asumiendo, asentando, la denominada doctrina jurisprudencial. Es que el derecho inmobiliario es una emanación del derecho civil; y es lo que significa la visión de un juez que posee una carrera en la materia y, como se dice, tuvo la virtud de mirar para los lados.”
—Manuel Alexis Read Ortiz,
Presidente de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana.

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